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28 de diciembre, 2020 07:42
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Bajo la disposición 9209/2020, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) decidió suspender preventivamente la comercialización en el territorio nacional de todas las especialidades medicinales que contengan ranitidina como Ingrediente Farmacéutico Activo (IFA), como monodroga o en asociación con otros IFA, en sus formas farmacéuticas orales, en todas sus concentraciones y presentaciones. También dispuso su retiro del mercado en un plazo de 30 días. Leer más
Bajo la disposición 9209/2020, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) decidió suspender preventivamente la comercialización en el territorio nacional de todas las especialidades medicinales que contengan ranitidina como Ingrediente Farmacéutico Activo (IFA), como monodroga o en asociación con otros IFA, en sus formas farmacéuticas orales, en todas sus concentraciones y presentaciones. También dispuso su retiro del mercado en un plazo de 30 días.
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Etiquetas: anmat gastroenterologia ranitidina